9) Medio Ambiente
No hay habitantes sanos, territorios sanos, futuro, ni soberanía si no detenemos con lucha y propuestas el avance del capital, nacional o extranjero. Consideramos nuestro deber enfrentar, en todos los planos donde la UP se manifiesta y actúa, el avance del modelo extractivista depredador promovido por los últimos gobiernos como política de Estado. Esa política de Estado que llama a “la inversión extranjera” a instalarse en nuestro país, preparando el terreno a través del discurso oficial, de la firma de tratados de protección de inversiones y de comercio. La decisión de qué, cómo, cuándo y dónde producir es una decisión tomada desde centros hegemónicos a miles de kilómetros con el único objetivo de aumentar sus ganancias en desmedro de la salud pública, del agua, de la tierra y de la sociedad.
Consideramos que los artículos 47 y 188 de nuestra Constitución Nacional deben respetarse y defenderse porque son expresión directa del mandato popular, así como las leyes que de ellos derivan, junto al principio precautorio y el acuerdo internacional de Escazú.
De esta manera creemos, en principio, de suma importancia los siguientes temas:
9.1- Continuar la lucha contra la Ley de Riego por inconstitucional, que no solo privatiza y contamina el agua, sino que también permite la extranjerización del agua en el medio rural perjudicando especialmente a pequeños y medianos productores.
9.2- Frenar todo el complejo industrial y forestal de las pasteras ya que consume mucha agua y la devuelve al ambiente con contaminantes, degrada los suelos y genera grandes ganancias para corporaciones en el exterior.
- Prohibir la construcción de nuevas plantas de celulosa
-Control y monitoreo estricto del área de influencia de las plantas así como del tren creado con ese fin.
-Revisión de toda la legislación referida a la promoción de la política de forestación con monocultivos celulósicos. Prohibición del aumento de nuevas áreas forestadas con ese fin.
- Expropiar y recuperar las zonas de cosecha de agua.
-Revisión de los contratos que aseguran impunidad en materia de contaminación.
-Reglamentar la Ley Ambiental. Si se constatan daños ambientales importantes o irreversibles que sean juzgados como crimen ambiental y no como falta.
9.3- Aplicar el principio precautorio para TODOS los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) La Edición génica es un proceso de ingeniería genética que deja huellas en el genoma, cuyas consecuencias aún no se conocen. Uruguay adhirió al Protocolo de Cartagena, éstas técnicas producen OGM ya que alteran su ADN y por lo tanto deben ser objeto de regulación y de evaluación de riesgos. Por eso se promoverá la derogación del decreto del Ministerio de Ganadería Agricultura y pesca y el Ministerio de ambiente, del 12 de marzo de 2024, cuyo objetivo es establecer mecanismos que permitan escapar a la regulación aplicable a los OGM. Es un tema de gran trascendencia para la población, que merecería información, discusión profunda, meditada y plural, dado que estos productos llegarian al ambiente, a nuestra alimentación, a nuestros organismos. Detrás hay enormes intereses comerciales intentando imponer tecnologías experimentales para obtener más lucro en el menor tiempo posible.
9.4-Revisión de toda la legislación y normas referidas a los OGM, siembra directa, semilla transgénica y de los paquetes tecnológicos de agrotóxicos, uso de zonas francas para la exportación, etc. Entendemos que hay que actuar rápidamente para revertir los daños ya causados en la salud humana, el agua y la tierra. Impulsando con esfuerzo y política de Estado una agricultura sustitutiva hacia la reconversión de agricultores, la repoblación del campo tendiendo a la agroecología, la producción limpia y diversificada que nos permita tener soberanía alimentaria.
9.5- Volver a impulsar en el Parlamento un nuevo “Proyecto de Ley de protección de la apicultura y los polinizadores” ampliando el que fuera presentado en la legislatura anterior por la Unidad Popular trabajando en conjunto con la sociedad de apicultores. También se prohíbe el uso, importación y producción a nivel nacional, de Neonicotinoides, Glifosato, Fipronil, Glufosinato de Amonio y los agrotóxicos reconocidamente nocivos para los polinizadores en general. El contrabando de estos productos debe ser penado como delito ambiental y como contrabando.
Trabajar con apicultores para dar solución a la pérdida de colmenas y pérdida de la calidad de la miel ocasionada por el uso de plaguicidas, la presencia de agrotóxicos y polen de organismos OGM en la miel. La ausencia de polinizadores es un indicador ambiental de contaminación del territorio.
9.6- Solicitamos una intervención real del Ministerio de Salud Publica dada la cantidad de agrotóxicos que se encuentran en los alimentos, que se impongan la Normas Europeas que son más estrictas y del Codex Alimentario así como la prohibición del uso de los agrotóxicos considerados más peligrosos. Que tome muestras representativas de lo que la ciudadanía consume, sus resultados deben ser de conocimiento público, deben ser realizados por laboratorios certificados y debe constar con una trazabilidad que permita llegar a su origen. Alimentarse sin plaguicidas debe ser un derecho.
9.7- Aplicar el Principio Precautorio del que Uruguay es firmante, conjugar los Artículos Constitucionales y leyes de protección del ambiente con el acuerdo internacional de Escazú que da derecho a la participación e información pública de antemano de proyectos de inversión que involucren la destrucción ambiental, así como el acceso a la justicia ambiental Poner en práctica dicho principio limitando y/o prohibiendo cualquier práctica agrícola y ganadera que ponga en riesgo la salud humana, el agua, la tierra y la biodiversidad. Impulsar desde el MSP una política de epidemiología y seguimiento de la población ya afectada por agrotóxicos en el medio rural con prioridad para las poblaciones más expuestas como trabajadores rurales, vecinos y a las poblaciones más vulnerables como niños, embarazadas y ancianos.
Exigir la “Historia clínica ambiental” y proveer al CIAT y hospitales la tecnología necesaria para la detección de contaminantes en el organismo de las poblaciones de riesgo.
9.8- Evitar el conflicto de intereses: en todo estudio y proyecto de un emprendimiento con riesgos ambientales se debe quitar de la toma de decisiones a las partes interesadas asegurando la total independencia de quienes hagan las evaluaciones. Para ello es necesario un estudio exhaustivo de los EIA (Estudios de Impacto Ambiental) por parte del Ministerio de Ambiente, con intervención de la Academia y de la población civil, verdadera conocedora del territorio.
9.9- Delito ambiental: debe ser penado como delito y no como una falta, dado que para los mega emprendimientos y las empresas y/o productores que contaminan es muy fácil el pago de multas o la evasión legal por largos juicios.
9.10- El Gabinete Nacional de Bioseguridad (GNBio) que tiene el objetivo de priorizar el cuidado de la población y el territorio por sobre los intereses de lucro, no debe estar compuesto por partes interesadas como el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Deberán tener poder de veto el Ministerio de Salud Pública, la DINAMA y la UDELAR. Recordemos que está en el debe desde el año 2007 establecer una Ley Nacional de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados que priorice la salud, los territorios y el ambiente.
9.11- PARLASUR: Formar un comité ciudadano para que entre sus pares de otras naciones se estudien temas ambientales de relevancia como: la preservación compartida de los acuíferos, uso de transgénicos y plaguicidas. Ya que entendemos que el ambiente no tiene fronteras, hacer todos los esfuerzos posibles para tenar políticas ambientales regionales.
9.12- Autorización ambiental previa: establecer mecanismos más eficientes para la autorización ambiental de proyectos medianos y grandes que puedan afectar el ambiente.
9.13- Valorar el bienestar animal, prohibir la venta al exterior de insumos derivados de la intolerable sangría de animales vivos en la producción de hormonas. También prohibir la cría y engorde en Feedlots donde la concentración de gran cantidad de ganado en pequeñas superficies causa significativa contaminación, mayor uso de fármacos, problemas de salud animal y ambiental.
9.14- Salvaguardar la vida de nuestros ríos y el océano, cuidado de playas y sistemas dunares. Salvaguarda de la fauna autóctona. Se pide que sea delito la venta, captura y tenencia de fauna autóctona. Prohibir la caza deportiva y las redes de arrastre que producen estragos en especies no comerciables, en los fondos marinos y en el ambiente en general.
9.15- Bosque nativo. Hacer cumplir las leyes existentes tanto para propietarios como a instituciones privadas y estatales. Fomentar su restauración y crecimiento en las riberas de los ríos, arroyos y aguas confinadas por su poder purificador del agua y funciones eco sistémicas.
9.16- Fortalecer a través de incremento presupuestal la capacidad de la UDELAR para investigación y búsqueda de soluciones en asuntos ambientales. Dotar de recursos a ámbitos universitarios, técnicos y colectivos de productores orgánicos para el desarrollo y producción de insumos de control biológico de plagas.
9.17 - Prohibir la instalación en territorio nacional de basureros de residuos radiactivos.
9.18- Cumplir el Convenio Internacional de Minnamata del que Uruguay es firmante. Este exige cero residuos de mercurio en la producción de la industria del cloro para el año 2025.
9.19- Prohibir el desarrollo de formas de explotación de hidrocarburos, como el llamado “fracking” (fractura hidráulica) por tener un impacto altamente contaminante del medio ambiente y nocivo para las comunidades circundantes.
9.20- Dejar sin efecto toda la investigación y prohibir la producción del llamado “Hidrogeno Verde”. Tener en cuenta que la materia prima para obtenerlo es el agua dulce y la electricidad necesaria para romper la molécula de agua, ya sea eólica, voltaica o hidráulica ocupa grandes superficies para su producción, con impactos sociales, ambientales, económicos.
Los países y empresas que más han contaminado el planeta vienen por el bien natural Agua, para realizar una pretendida “transición energética”, manteniendo el mismo modelo capitalista de crecimiento basado en el extractivismo, el saqueo, la miseria y/o el desplazamiento de las poblaciones.
9.21- Nacionalización real de los recursos minerales y del subsuelo. Nacionalización de las aguas subterráneas con control estricto de los usos especialmente para empresas exportadoras.
9.22- Proponer la obligatoriedad de zonas amortiguación en los espejos de agua para que esta no sea contaminado por la producción agrícola, especialmente con fósforo, nitrógeno y agrotóxicos.
9.23- Es urgente categorizar el Río Santa Lucía como Clase 1 ya que está destinado al abastecimiento de agua potable al 60% de la población nacional. Es imprescindible aplicar medidas para detener el deterioro y recuperar definitivamente la calidad ambiental perdida.
9.24- Rechazamos el Proyecto Neptuno porque viola los artículos 47 y 188 de la Constitución y la Política Nacional de Aguas El proyecto no es solución como segunda fuente de agua potable tanto por la calidad de las aguas del Río de la Plata como por la cantidad a suministrar y la destrucción de varios ecosistemas.
9.25- Apoyo a nuestros científicos comprometidos con la sociedad y la naturaleza en temas ambientales ya que ellos anteponen la protección de los recursos naturales no solo para nosotros sino también para las generaciones futuras, a las consideraciones económicas.
9.26- Al igual que se cumple en otro tipos de alimentos, el recibo mensual de OSE debe ser acompañado de los valores máximos de sus componentes químicos y microbiológicos.
El artículo 47 de la Constitución de la República, en materia de agua, considera las cuencas hidrográficas como unidades básicas a los efectos de su gestión planificación y control, lo que obliga a tener una visión diferente desde lo territorial, de la problemática del agua en relación a la cuenca y a sus usos.
En primer lugar tenemos que partir de comprender que los problemas de la calidad de nuestros recursos hídricos tienen que ver con lo que pasa en las cuencas, lo que está directamente vinculado con el modelo de desarrollo productivo prevaleciente en nuestro país, al agro-negocio y al monocultivo sojero y forestal. Sumado a la falta de control e incumplimiento de las normas legales medioambientales.
En general, la problemática de las cuencas hidrográficas surge de la competencia entre los diferentes usos (agrícola, ganadero, navegación, pesca, industrial, energía eléctrica, uso doméstico, recreación, etc.) y la dinámica del escurrimiento (volumen de agua de lluvia). Como el agua dulce es un recurso escaso y finito nos obliga a planificar sus usos en términos tanto cuantitativos como cualitativos estableciendo una jerarquización, dando preferencia al consumo humano y a la preservación del recurso, cuestiones que están ya establecidas en la Constitución de la República.
A partir de la planificación es necesario un ordenamiento de los usos del suelo lo que implica la selección y promoción de usos que aseguren una buena productividad y permitan responder a las necesidades de conservación de los recursos hídricos a nivel de todas las cuencas.
Es importante atender también la irregularidad de los caudales, del escurrimiento, para ello se debe determinar cuáles son los factores dentro de la cuenca susceptibles de manejar favoreciendo la regularidad del escurrimiento como obras hidráulicas, zonas de amortiguación, humedales, etc.
La participación de la sociedad civil en los Consejos de Cuenca debe ser vinculante como lo establece la Constitución de la República y no un Órgano Asesor como lo formula la Ley de Políticas de Agua.
Se deben asegurar mecanismos de participación real en la planificación, gestión, y control de los recursos hídricos como forma de garantizar su calidad.
Expropiación de predios de cosecha de agua.
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