14) Vivienda
14.1- Fijar las tasas de interés para el repago que posibiliten la permanencia de las familias en la vivienda. La tasa de interés de todos los préstamos otorgados por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial a través de la Agencia Nacional de Vivienda destinados a las familias para dar solución habitacional no superará el 2%. Entiéndase por solución habitacional la compra o alquiler de vivienda, construcción de vivienda nueva, refacción o ampliación de vivienda.
Se excluirán de éste beneficio a los núcleos familiares cuyos ingresos sean superiores a 30 BPC mensuales.
14.2- Viviendas deshabitadas
Expropiación de viviendas que no estén habitadas, comenzando por grabarlas con altos impuestos. Reparación y ocupación inmediata por los más necesitados.
14.3- Alquileres
Suspensión de lanzamientos y desalojos
Eliminación del régimen de libre contratación en materia de alquileres
14.4- Vivienda nueva
Plan de construcción masiva de viviendas populares, que priorice cumplir con el derecho humano a una vivienda digna a través de la construcción por ayuda mutua y directamente por la construcción del Estado. Destinar recursos presupuestales para ello, con el objeto de eliminar en pocos años el déficit de viviendas dignas existente, para solucionar el actual déficit de más de 80.000 viviendas, a través de la obra pública, las cooperativas de viviendas, ayuda mutua, la autoconstrucción, etc.
Desarrollar una política de vivienda para los jóvenes contemplando las características y situación de esa etapa de la vida.
Los uruguayos que viven en el exterior contarán con las mismas posibilidades que los que se encuentran en el Uruguay en lo referido a la vivienda.
Esto se debería encarar a través de un plan quinquenal, de manera que anualmente, se vaya abatiendo ese déficit, dedicando un porcentaje del PBI, para dicha construcción de viviendas.
14.5- Asentamientos
Los asentamientos tendrán atención prioritaria.
14.6- Cooperativas por ayuda mutua
14.7- Se ampliará la cartera de tierras y el Estado garantizará el saneamiento en los terrenos. Se fomentará y divulgará la construcción alternativa ecológica.
14.8- Atender a la necesidad de expropiar terrenos fiscales aptos para construir. Determinar su viabilidad mediante un estudio del suelo que permita determinar patologías o componentes ambientales nocivos para la vida humana.
14.9- La tasa de interés de todos los préstamos otorgados por el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a través de la Agencia Nacional de Vivienda a las cooperativas de vivienda no será superior al 2%.
14.10- El monto equivalente de los intereses superiores al 2% ya pagos bajo normativa anterior, será destinado a la amortización del capital.
14.11- Se promoverá una política de beneficios con la exoneración de IVA en la compra de materiales para construcción.
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